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FUJIMORI Y MONTESINOS PODRÍAN BENEFICIARSE: CONGRESO APRUEBA ‘LEY DE AMNISTÍA’ QUE BENEFICIA A SENTENCIADOS E INVESTIGADOS POR CRÍMENES DE LESA HUMANIDAD

Bajo la excusa que se no se sentencie a un “octogenario” que perpetraron abusos durante el periodo del terrorismo en el Perú, entre los años 1980 y 2000; el Congreso de la República acaba de aprobar una nueva norma que plantea precisar la aplicación y los alcances respecto a los delitos de lesa humanidad.

La norma ha sido concebida como una nueva ‘Ley de amnistía’ que plantea eximir de responsabilidad a militares y policías procesados por delitos de violaciones de derechos humanos, cuyos procesos han sido concebidos por la Fiscalía como crímenes de lesa humanidad.

La propuesta, que fue aprobada en primera votación con 60 votos a favor, 36 votos en contra, y 11 abstenciones, plantea en el artículo 4 del dictamen que “nadie será procesado, condenado, ni sancionado por delitos de lesa humanidad o crímenes de guerra por hechos cometidos con anterioridad al 01 de julio de 2002″, fecha en la que se estableció la vigencia del Estatuto de Roma al que el Perú se adhirió a fin de avanzar en materia de justicia y que evita la impunidad. Norma volverá a ser votada en siete días a fin de ser ratificada.

En el dictamen plantea que “se declare la prescripción de los procesos”, e incluso detalla que esta medida se aplique “cualquiera sea su estado”, a fin de abarcar la mayor cantidad de procesos, con sentencia o sin ella que se hayan iniciado contra militares y miembros de la policía nacional del Perú de antes del 2002. Y es que la tipificación de delito de lesa humanidad es usada por el Ministerio Público para que delitos como la tortura, la desaparición forzada y el homicidio calificado no prescriban. Con esta norma, sentenciados, procesados e investigados de antes del 2002 pueden solicitar el archivo por prescripción.

Como se sabe, hasta antes de esta fecha, la mayoría de los delitos señalados como violaciones a derechos humanos y tipificados por el Ministerio Público como delitos de lesa humanidad, provenían de matanzas militares y grupos paramilitares bajo órdenes del Gobierno de Alberto Fujimori y su secretario, Vladimiro Montesinos. De hecho, ambos exfuncionarios se encuentran enfrentando procesos judiciales y condenas por estos mismos delitos, al ser considerados autores mediatos.

“Nadie será procesado, condenado ni sancionado por delitos de lesa humanidad o crímenes de guerra, por hechos cometidos con anterioridad al 01 de julio de 2002, bajo sanción de nulidad y responsabilidad funcional. Ningún hecho anterior a dicha fecha puede ser calificado como delito de lesa humanidad o crímenes de guerra”, se lee en el documento.

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